| Noviembre |
| Acto Administrativo |
Descripción |
| Disposición Nº 6776/12 |
Levántase la clausura ordenada por Disposición ANMAT Nº 3295/12 al establecimiento de la firma RIGECIN LABS S.A.C.I.F.I., sito en la calle Cachi 1204 de la Ciudad de Buenos Aires - B.O. 23 de noviembre de 2012 |
| Disposición Nº 6775/12 |
Suspéndese la autorización para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales a la DROGUERIA WEST S.R.L., hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar. tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09, por los fundamentos expuestos en el considerando. - B.O. 23 de noviembre de 2012 |
| Disposición Nº 6747/12 |
Suspéndese la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales a la firma FERNANDO VILAMAJO S.R.L., con domicilio en La Rioja 1341, Villa María, Provincia de Córdoba, hasta tanto se verifique mediante una nueva inspección que la firma ha subsanado las irregularidades oportunamente señaladas por O.I. Nº 578/12, por las razones expuestas en el Considerando de la presente disposición. - B.O. 22 de noviembre de 2012 |
| Disposición Nº 6690/12 |
Prohíbese la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales fuera del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la firma ORION de GRUPO ORION S.R.L., con domicilio en la Av. Jorge Newbery 4.400 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09, por las razones expuestas en el Considerando de la presente disposición. - B.O. 20 de noviembre de 2012 |
| Disposición Nº 6511/12 |
Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la droguería CDV propiedad de NEGOCIOS FARMACEUTICOS S.A., con domicilio en 11 de Septiembre de 1888 Nº 4253 CABA, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09, por las razones expuestas en el Considerando de la presente disposición. - B.O. 15 de noviembre de 2012 |
| Disposición Nº 6503/12 |
Prohíbese la comercialización de las especialidades medicinales fuera del ámbito de la rovincia de Santa Fe a la droguería DROCOM S.R.L., sita en la calle Chacabuco Nº 2898, de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09, por las razones expuestas en el Considerando de la presente disposición. - B.O. 14 de noviembre de 2012 |
| Disposición Nº 6338/12 |
Prohíbese la comercialización de las especialidades medicinales fuera del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la droguería denominada “CENTRALFARM S.A.”, sita en la Av. Triunvirato Nº 5352/54, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09, por las razones expuestas en el Considerando de la presente disposición. - B.O. 6 de noviembre de 2012 |
| Disposición Nº 6336/12 |
Prohíbese la comercialización de las especialidades medicinales fuera del ámbito de la Provincia de Tucumán a la droguería “SAN ANTONIO S.R.L.”, sita en la calle Pasaje Tiburcio Padilla Nº 172 (Alt. Moreno 550), de la ciudad de San Miguel de Tucumán, Pcia. de Tucumán, hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09, por las razones expuestas en el Considerando de la presente disposición. - B.O. 6 de noviembre de 2012 |
| Octubre |
| Acto Administrativo |
Descripción |
| Disposición Nº 6228/2012 |
Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la firma NETPHARM S.R.L., con domicilio en Av. Cmte. Piedra Buena 4188 CABA, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT NO5054/09, por las razones expuestas en el Considerando de la presente disposición. B.O. 30 de octubre de 2012. |
| Disposición Nº 6206/2012 |
Suspéndese la autorización para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales a la droguería denominada Droguería Suiza, de Hernán Javier Eggel, sita en Manuel Dorrego 5790, Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. B.O. 29 de octubre de 2012. |
| Disposición Nº 6228/2012 |
Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la firma NETPHARM S.R.L., con domicilio en Av. Cmte. Piedra Buena 4188 CABA, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT NO5054/09, por las razones expuestas en el Considerando de la presente disposición. B.O. 30 de octubre de 2012. |
| Disposición Nº 6206/2012 |
Suspéndese la autorización para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales a la droguería denominada Droguería Suiza, de Hernán Javier Eggel, sita en Manuel Dorrego 5790, Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. B.O. 29 de octubre de 2012. |
| Disposición Nº 6204/2012 |
Prohíbese la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales en todo el territorio nacional a la firma “ALBRO SRL”, con domicilio en la calle Manuel Ricardo Trelles 2061/63 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación sanitaria jurisdiccional y su posterior habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09. B.O. 26 de octubre de 2012. |
| Septiembre |
| Acto Administrativo |
Descripción |
| Disposición Nº 5369/2012 |
Prohíbese la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales fuera del ámbito de la Provincia de Buenos Aires a la firma RODAHL S.R.L., con domicilio en Habana 597, Villa Martelli, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09, por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición. B.O. 14 de septimebre de 2012. |
| Disposición Nº 5155/2012 |
Prohíbese la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales fuera del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la DROGUERIA MARPA S.A. con domicilio en la calle Heredia N° 514, de piso 1° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT N° 5054/09, por los fundamentos expuestos en el considerando. B.O. 3 de septimebre de 2012. |
| Disposición Nº 5154/2012 |
Suspéndese la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales en los términos de la disposición ANMAT N° 5054/09 a la firma PROVINTA S.A., con domicilio en la calle Ambrosetti 680 CABA, hasta tanto se verifique mediante una nueva inspección que se han subsanado los incumplimientos oportunamente señalados, por las razones expuestas en el Considerando. B.O. 3 de septimebre de 2012. |
| Agosto |
| Acto Administrativo |
Descripción |
| Disposición Nº 5153/2012 |
Suspéndese la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales, a la droguería DRONA FARMACEUTICA, propiedad de DRONA S.A., sita en la calle Garay Nº 1596, Barrio Pueyrredón, Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, hasta tanto se verifique mediante una nueva inspección que la empresa ha subsanado los incumplimientos verificados, por los argumentos expuestos en el considerando de la presente. B.O. 31 de agosto de 2012. |
| Disposición Nº 5043/2012 |
Suspéndese la autorización para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales a la firma BIOMED S.R.L., con domicilio en La Paz 195 Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, hasta tanto se verifique mediante una nueva inspección que se han subsanado los incumplimientos oportunamente señalados, por las razones expuestas en el Considerando. B.O. 30 de agosto de 2012. |
| Disposición Nº 5042/2012 |
Prohíbese la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales fuera del ámbito de la Provincia de Santa Fe a la droguería PAEZ de JAVIER DARIO IOZZO, con domicilio en Famatina Nº 35, Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09, por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición. B.O. 30 de agosto de 2012. |
| Disposición Nº 4793/2012 |
DROGUERIA DEL GEN S.R.L., sita en la calle Tapalqué Nº 6060, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorgada por Constancia de Inscripción Nº 254, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09. B.O. 22 de agosto de 2012. |
| Disposición Nº 4731/2012 |
Suspéndese la autorización para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales, a la droguería "Lomas" de Carlos Amado Nacusi, con domicilio en la calle Roma 682, Barrio General Paz, Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba. B.O. 17 de agosto de 2012. |
| Julio |
| Acto Administrativo |
Descripción |
| Disposición Nº 3921/2012 |
Suspéndese la autorización para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales a la droguería ACME de Sergio Alejandro Yazbik, con domicilio en la calle Cochabamba N° 2619, C.A.B.A., hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09, por las razones expuestas en el Considerando. B.O. 13 de julio de 2012. |
| Junio |
| Acto Administrativo |
Descripción |
| Disposición Nº 2998/2012 |
Dase de baja el Certificado de Inscripción Nº 545 otorgado a la droguería ABANOVA SALUD S.R.L. para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales, por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición. B.O. 4 de junio de 2012. |
| Mayo |
| Acto Administrativo |
Descripción |
| Disposición Nº 2362/2012 |
Suspéndese preventivamente la autorización para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales a la droguería NEO SALUD propiedad de PRISAL GROUP S.A., con domicilio en la calle Conesa Nº 3774/78 CABA, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09, por las razones expuestas en el Considerando. B.O. 2 de mayo de 2012. |
| Disposición Nº 2332/2012 |
Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales en todo el territorio nacional al establecimiento ASOCIACION CIVIL RELIGIOSA INSTITUTO BENITO FEIJOO , con domicilio en la calle Fray Manuel Torres s/n, localidad de Jáuregui, Provincia de BuenosAires, hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación sanitaria jurisdiccional y su posterior habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09, por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición. B.O. 2 de mayo de 2012. |
| Febrero |
| Acto Administrativo |
Descripción |
| Disposición Nº 0716/2012 |
Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales, fuera del ámbito de la provincia de Corrientes, a la droguería denominada CASA OTTO HESS S.A., con domicilio en la calle San Martín Nº 2131 de la ciudad de Corrientes. B.O. 13 de febrero de 2012. |
| Disposición Nº 0702/2012 |
Suspéndase preventivamente la autorización para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales a la droguería DRONOR S.A., sita en la calle Av. Scalabrini Ortiz Nº 1002 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 13 de febrero de 2012. |
| Disposición Nº 0668/2012 |
Prohíbese preventivamente la comercialización, fuera del ámbito de la provincia del Neuquén a la droguería denominada CASA OTTO HESS S.A.. B.O. 8 de febrero de 2012. |
| Disposición Nº 0662/2012 |
Prohíbese preventivamente la comercialización, fuera del ámbito de la Provincia de Mendoza a la droguería denominada ROYMED S.A.. B.O. 8 de febrero de 2012. |
| Disposición Nº 0554/2012 |
Suspéndese preventivamente la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales a la droguería OPHICUS S.R.L., con domicilio en la calle Chacabuco 137, Local 5 de la Ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán B.O. 1 de febrero de 2012. |
| Enero |
| Acto Administrativo |
Descripción |
| Disposición Nº 0504/2012 |
Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales en todo el territorio Nacional a la firma denominada DROQUIMAR S.R.L., hasta tanto obtenga la habilitación Jurisdiccional y la correspondiente habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales. B.O. 31 de enero de 2012. |
| Disposición Nº 0479/2012 |
Prohíbese la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales en todo el territorio nacional a la firma MEDIBEL S.A. con domicilio en la calle Nicolás Repetto Nº 1656 Departamento 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales. |
| Disposición Nº 420/2012 |
Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la Provincia de La Pampa a la DROGUERIA LARIGUET de RICARDO LARIGUET, con domicilio en la calle 10 N° 625 de la Ciudad de General Pico, provincia de la Pampa hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT N°5054/09, por los fundamentos expuestos en el considerando. |
| Disposición Nº 419/2012 |
Prohíbese preventivamente la comercialización de especialidades medicinales en todo el territorio nacional a la firma DISMAFAR S.R.L., con domicilio en la calle Saraza Nº 2427/31, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación sanitaria jurisdiccional y su posterior habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09, por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición. |
| Disposición Nº 205/2012 |
Clausúrase preventivamente al establecimiento de la firma ESENCIAS NATURALES S.R.L. sito en la calle Larrazábal 1680 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición. B.O. 17 de enero de 2012. |
| Disposición Nº 111/2012 |
Clausúrase preventivamente el Establecimiento de la firma FARMA INSUMOS S.R.L. sito en la calle Fonrouge Nº 1933/35 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por los argumentos expuestos en el considerando. B.O. 12 de enero de 2012. |
| Disposición Nº 27/2012 |
Suspéndese la autorización para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales a la firma DROGUERIA ALEM S.A., con domicilio en Amenábar Nº 443, Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, hasta tanto se verifique mediante una nueva inspección que la firma ha subsanado los incumplimientos señalados, por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición. B.O. 12 de enero de 2012. |
| Disposición Nº 8712/2011 |
Suspéndese la autorización para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales a la DROGUERIA UNIFAR propiedad de GEST MED S.A., con domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen Nº 2976, Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09, por las razones expuestas en el Considerando. B.O. 4 de enero de 2012. |
| Disposición Nº 8713/2011 |
Prohíbese preventivamente la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la Provincia de Corrientes a la firma PHARMAD S.R.L., con domicilio en la calle San Lorenzo Nº 346, Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes, por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09. B.O. 4 de enero de 2012. |
| Disposición Nº 8760/2011 |
Déjase sin efecto la suspensión de la autorización para realizar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales a la droguería MANES, propiedad de FERRERE S.C.S. - FARMACIA Y DROGUERIA MANES, con domicilio en la calle 8 Nº 1418, Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, ordenada por el artículo 1º de la Disposición ANMAT Nº 8635/11, por los fundamentos expuestos en el Considerando. B.O. 4 de enero de 2012. |