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PREGUNTAS FRECUENTES

 
 
¿Quiénes son los obligados a solicitar firma digital para cada sociedad o empresa unipersonal? Los obligados a solicitar la firma digital son el Representante Legal o Apoderado y los Directores Técnicos y los Co-Directores Técnicos. Cada trámite a presentar debe contener dos firmas: la del Representante Legal o Apoderado y la del Director Técnico o Co-Director Técnico
 
¿Dónde se realiza el trámite? ¿Es personal? La documentación se presenta en Mesa de Entradas de ANMAT Central – Av. de Mayo 869, PB de 10 a 13hs y de 14 a 16hs. La misma puede ser presentada por un tercero, en este paso no es necesaria la presentación personal del solicitante. Luego de ingresado el expediente se le enviará un turno (día y horario) vía mail en el cual deberá concurrir personalmente el solicitante de dicho trámite, no pudiendo transferir el mismo a un tercero.
 
¿Las empresas que están en el interior, deben viajar a Capital para completar el trámite? Para completar el trámite, en su segunda etapa, debe presentarse personalmente ante la Autoridad de Registro situada en ANMAT Central – Av. de Mayo 869, Capital Federal.
 
¿La firma digital será personal o en caso de que uno cambie de empresa la tiene que gestionar nuevamente? El certificado de firma digital es personal y emitido en función al cargo y la empresa en la cual trabaja actualmente, en caso de cambiar de cargo o de empresa deberá dar de baja ese certificado y gestionar un nuevo trámite.
 
Durante la adquisición del certificado de firma digital se necesita un dispositivo USB eToken. ¿En que momento del tráite se adquiere el mismo? El dispositivo eToken deberá ser adquirido antes de comenzar a completar la solicitud de Firma Digital, como primer paso. Las características del dispositivo se encuentran detalladas en la Guía para 3ros publicada en la página WEB. Guía del Usuario Solicitud de Firma Digital
 
Si la misma persona física es apoderada y a su vez también es DT de una sociedad, ¿hace un mismo trámite indicando ambos cargos? ¿O son dos trámites separados? En el caso que la persona física sea apoderada y director técnico puede sacar una sola firma digital completando ambas en el campo cargo/función.
 
Dentro de los documentos a presentar, dice "Acuerdo con el Suscriptor" el que se firmará en presencia del Oficial de Registro. ¿Podrían indicarme a que se refieren con Acuerdo con el Suscriptor? El acuerdo con el suscriptor es la nota de solicitud que usted deberá imprimir y presentar al iniciar el trámite. La nota mencionada se genera luego de completar todos los datos de la solicitud on-line en el link Requerimientos Tecnológicos y Guía paso a paso
 
¿Cada solicitud debe presentarse en forma separada, por persona y sociedad? Sí, la solicitud debe presentarse en forma separada, una solicitud por cada persona y por cada sociedad.
 
En la guía del usuario, los ítems mencionados como: "instalación del certificado raíz", "Instalación del controlador del dispositivo USB", "Solicitud on line del certificado". ¿Son pasos previos a obtener el turno? Sí. Son requisitos previos a la presentación personal ante la Autoridad de Registro de ANMAT. Son los pasos que se deben cumplir para generar el "Acuerdo con el Suscriptor".
 
Independientemente del turno otorgado por la AR-ANMAT el "Acuerdo con el Suscriptor", ¿deberá presentarse luego por mesa de entradas? No, el "Acuerdo con el Suscriptor" debe ser presentado personalmente el día del turno otorgado por la AR ANMAT, previamente firmado por el solicitante de dicho trámite.
 
¿Es obligación del representante legal de empresa también obtener la firma o sólo con la de directora técnica es suficiente? Sí, es obligación del representante legal solicitar la firma digital, porque todos los trámites que se firmen digitalmente deben contener la firma del Representante Legal o Apoderado y del Director Técnico.
 
En la nota se informa al final una dirección de correo que deberá ser la misma que "la detallada en la solicitud del certificado de firma digital". ¿Esa solicitud es en un paso posterior? La dirección de correo, que deberá ser personal (nombre y/o apellido del solicitante) y con dominio institucional (@nombre de la empresa), se declara en la nota de solicitud a presentar en mesa de entradas y en la solicitud del certificado on line. Esta solicitud se comienza a completar como segundo paso del trámite, luego de presentar la documentación en masa de entradas.
 
“Para cada uno por separado se debe presentar una nota de solicitud, en mesa de entradas de ANMAT”. ¿Esto es personal? Es correcto, la documentación a presentar en mesa de entradas es por separado, los expedientes son personales y no por empresa, de todas formas en este primer paso no es necesario que realice la presentación personalmente, puede enviar la documentación a través de un tercero.
 
En el caso de solicitar la firma digital de un apoderado, ¿se puede presentar Carta Poder certificada? No, en caso de solicitar la firma digital de un apoderado debe presentarse, tal como indica la disposición 4029/2011, un poder certificado ante escribano publico.
 
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